Opinion

El análisis jurídico de Mauricio Gutiérrez… El 5 de septiembre resuelven recurso de amparo contra corridas de toros en la Plaza México

  • Próximo a resolverse, recurso en contra de la demanda de amparo que generó la suspensión de corridas de toros en la Plaza México

Este lunes 29 de agosto de 2022, se listó para resolución, el recurso de queja interpuesto por la empresa de la Monumental México, Tauro Plaza México, S.A. de C.V., en contra de la admisión de demanda promovida por la asociación civil Justicia Justa. 

Se debe recordar que el pasado 16 de mayo, la mencionada asociación civil, promovió un amparo en contra de los espectáculos taurinos que se celebran en la Plaza de Toros México, ubicada en la alcaldía Benito Juárez, en la Ciudad de México.

El juez del conocimiento, concedió la suspensión provisional y en su momento la definitiva, para el efecto de que, mientras se sigue el juicio, no se den corridas u otro tipo de espectáculos taurinos, en el coso de Insurgentes. 

En contra del acuerdo que admitió a trámite la demanda de amparo, tanto la empresa de la plaza, como la Jefe de gobierno de la Ciudad de México, promovieron sendos recursos de queja, medio de defensa que se encuentra previsto en el artículo 97, fracción I, inciso a, de la Ley de Amparo.

Los dos recursos de queja quedaron radicados en el Décimo tercer tribunal colegiado en materia administrativa del Primer circuito, con los números de expediente 271/2022 (presentado por la Jefe de gobierno) y 272/2022 (interpuesto por la empresa).

Hasta en tanto se resuelven los dos medios de defensa, el juez de distrito que originalmente conoce del juicio de amparo, decretó la suspensión del procedimiento. Es decir, hasta el momento no es posible la continuación del juicio. 

La sesión en que se resolverá el recurso de queja 272/2022, se celebrará el próximo 05 de septiembre de 2022. Hasta la fecha se desconoce el proyecto que será votado y el sentido del mismo. Sin embargo, a continuación se señalan los sentidos y consecuencias que tendría el fallo que se vote ese día.

Si el recurso se resuelve fundado, esto traería como consecuencia que la demanda promovida por Justicia Justa sea desechada, al ser notoriamente improcedente. En este caso, ahí concluiría el procedimiento de amparo, y no se estudiaría el fondo del asunto (la prohibición de los espectáculos taurinos en la Ciudad de México). 

Si la queja se resuelve como infundada, se estaría en espera a que se resuelva la diversa queja interpuesta por la Jefe de gobierno, y en caso de que tenga la misma suerte (resolverse infundada), se continuaría el juicio de amparo hasta el dictado de la sentencia. 

Existe una tercera hipótesis, y es que, aun cuando se resuelva infundado el recurso de queja de la empresa de la plaza de toros, podría resolverse como fundado el medio de defensa interpuesto por la Jefe de gobierno. En este caso, como en el apartado A, se desecharía la demanda y ahí concluiría el procedimiento.  

Como se infiere de las diversas hipótesis, lo más favorable para la continuación de la fiesta, es que el recurso de queja 272/2022, sea resuelto como fundado, porque a partir de ese momento, la empresa podría reanudar los festejos taurinos que ya tenía programados. 

En caso de que resulte necesario continuar con el juicio de amparo, hasta el dictado de una sentencia de fondo, resultaría sumamente perjudicial para la fiesta de toros, pues esta situación podría demorar, cuando menos, dos o tres meses para el dictado de sentencia en primera instancia. Y a eso habría que agregar la interposición del recurso de revisión en contra de dicha sentencia, con lo que habría que sumar tres o cuatro meses más. 

El escenario descrito significaría la ausencia de festejos cuando menos un año, y con la incertidumbre del sentido en que se dicte la sentencia de amparo. 

La ponencia encargada del proyecto de resolución de la queja, es la del magistrado Gaspar Paulín Carmona, y el secretario encargado de redactar el mismo, es el licenciado Josué Raúl Reséndiz Hernández. 

Aquí podrá acceder a la transmisión de las sesiones en vivo de los Tribunales colegiados de circuito, donde el día 05 de septiembre de 2022, se resolverá la queja en comento.

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@gutierrezglzm

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